22 sept 2008

Subvenciones para 2008. Destinadas al Programa de Fomento de la Movilidad Laboral en la modalidad de Cheque-Transporte

La Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias a través del Servicio Canario de Empleo, ha convocado las Subvenciones para el año 2008 destinadas al Programa de Fomento de la Movilidad Laboral en la modalidad de Cheque-Transporte, teniendo como plazo de finalización para la recogida de solicitudes el próximo 30 de Septiembre del presente año.
El objeto de esta convocatoria es subvencionar el transporte interurbano a los desempleados que encuentren un empleo y cuyo centro de trabajo se encuentre distante, al menos, veinte kilómetros del lugar de residencia.
Los requisitos que tienen que cumplir los titulares son que deben haber cumplido un período mínimo de inscripción en la demanda de empleo, y haber sido contratados por una entidad cuyo centro de trabajo se encuentre distante, al menos, veinte kilómetros del lugar de residencia del beneficiario, como se ha dicho anteriormente, de forma indefinida o temporal, con una duración mínima de seis meses, a jornada completa o a tiempo parcial, por un importe bruto mensual inferior a 1.500,00 euros más la parte correspondiente a las pagas extras anuales establecidas según el Convenio que corresponda o parte proporcional en caso de contratación a tiempo parcial. En este último caso, la duración no podrá ser inferior al 50% del total de la jornada ordinaria.
La cuantía de la subvención equivaldrá al coste del transporte interurbano, de acuerdo con las tarifas oficiales y las líneas de transporte regular establecidas en cada momento por la compañías concesionarias de dichos servicios, subvencionándose un viaje de ida y otro de vuelta entre el domicilio habitual del trabajador contratado y el centro de trabajo para cada uno de los días laborales del mes, durante la vigencia del contrato y hasta un máximo de 12 meses.
La documentación a aportar para la solicitud es la siguiente:
a) Documentación identificativa del solicitante.
b) Declaración responsable del beneficiario de no estar incursos en las demás prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, a que hace referencia el artículo 13 de la ley 38/2003.
c) Copia del contrato de trabajo que da lugar a la ayuda, debidamente comunicado a la oficina de Empleo.
d) Última declaración de la renta que tuviera obligación de presentar en los doce meses anteriores o declaración jurada de no haber estado obligado a presentarla.
La vigencia del Cheque-Transporte es de un año, contado desde el día siguiente al de su concesión, debiendo constar expresamente en el documento la vigencia del mismo. Transcurrido este plazo, este Título no tendrá valor. El Titulo Cheque-transporte supone la concesión de la subvención regulada en esta Resolución.
Por otro lado, el Servicio Canario de Empleo también ha convocado subvenciones para el año 2008 para la concesión de subvenciones destinadas al programa de conciliación de la vida familiar y laboral Cheque-Guardería-Mujer.
El plazo de solicitudes también finalizará el próximo día 30 de Septiembre, y esta convocatoria tiene como objetivo aprobar, como parte del programa para la conciliación de la vida familiar y laboral, las Bases Reguladoras del régimen de subvenciones en la modalidad de Cheque-Guardería-Mujer.
Las personas beneficiarias de estas ayudas podrán ser mujeres que teniendo hijos menores de tres años, acrediten los siguientes requisitos:
1) Tener su residencia en Canarias.
2) Estar inscrita como demandante de empleo en el momento de la contratación durante un período mínimo ininterrumpido de 180 días. Dicho período no será exigible en caso de acreditar ser persona con discapacidad o víctima de violencia de género.
3) Estar trabajando y haber sido contratada, con posterioridad al 01/01/08, con una duración mínima de 6 meses, jornada mínima del 50%, e importe bruto mensual, incluida la parte proporcional de paga extra, inferior a 1.500 euros. Siempre y cuando dicho contrato no esté excluido según la base cuarta.
La cuantía de la subvención será coincidente con el importe que, en concepto de gasto de guardería, deba soportar la beneficiaria, estableciéndose, no obstante, un límite máximo mensual de ciento cincuenta euros (150 euros), a percibir por cada hijo menor de tres años de edad, durante un periodo de un año.
La documentación necesaria para optar a esta convocatoria es la siguiente, y se deberán aportar por duplicado:
- Documentación identificativa de la solicitante y, en su caso, identificación y acreditación de la representación legal.
- Certificado de Residencia/Tarjeta de Residente.
- Declaración de no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvención pública del artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, así como de no percibir ayudas o subvenciones para la misma finalidad o, en caso contrario, certificado de su cuantía (según modelo).
- Datos de domiciliación bancaria según modelo de Alta en el Programa Informático y Contable de la Comunidad Autónoma de Canarias (P.I.C.C.A.C.), salvo si se han presentado con anterioridad ante la Servicio Canario de Empleo y no han experimentado variación.
- Fotocopia compulsada del Libro de Familia completo.
- Fotocopia compulsada del contrato de trabajo de la beneficiaria
- Última declaración de la Renta o certificado de estar exenta de su presentación.
- En su caso, acreditar ser: persona con discapacidad /víctima de violencia de género.
El órgano oficial al que se dirigirán las solicitudes es al Servicio Canario de Empleo, pero la tramitación en la Vega de San Mateo se realizará desde el Edificio de Servicios Sociales en Calle del Agua s/n, teléfonos 928 660 358 – 59.